ATECH DENUNCIA QUE LA RESOLUCION 2182/2010 DEL MINISTERIO DE EDUCACION ES UNA FLAGRANTE VIOLACION A LOS DERECHOS DOCENTES!!!

ALGO NUNCA VISTO DESDE EL REGRESO DE LA DEMOCRACIA: EL BLOQUEO DE SUELDOS “POR LAS DUDAS”…

La Resolución constituye una flagrante violación a los derechos legítima y legalmente consagrados por el Estatuto del Docente independientemente de las situaciones particulares que ameriten análisis, y resoluciones independientes, al ordenar lisa y llanamente el “bloqueo de sueldos” a los docentes que a “prima facie” considera que están en “incompatibilidad”.

¿En qué se contradice la misma norma? Vemos un ejemplo:
En los considerandos invoca al Art. 360 de la Ley 5125 el que, supuestamente estaría infringido. Sin embargo, se lo desconoce absolutamente. Por ejemplo, se pone como límite de acumulación para los cargos de nivel terciario 8 horas de cátedra. Esto constituye un claro desconocimiento de lo establecido en la misma ley que la resolución toma y en el mismo artículo que considera violado. Prueba de esto es cuando la ley expresa” Al cargo docente del primer grado del escalafón de los distintos niveles y ciclos, hasta el cargo de director que no pertenezcan a la modalidad de régimen de tiempo completo o jornada completa, podrán acumular hasta 12 horas de cátedra como titular o un cargo de primer grado del escalafón como interino o suplente siempre que no haya superposición horaria.
En este sentido la reglamentación avanza aún más permitiendo excepcionalidades: En situación de interino o suplente en los niveles secundario y terciario se autoriza la acumulación de hasta seis (6) HORAS CÁTEDRA POR SOBRE LAS DOCE (12)…
… En los casos en que el docente acumule un cargo y horas de cátedra se autoriza su designación en cualquier situación de revista en hasta dos (2) horas más por sobre las doce (12)
Sin embrago figuran en el anexo de la Resolución docentes que se les bloquearán los haberes que presentan las siguientes situaciones:
Un cargo de directivo de tiempo simple y 11 horas, un cargo de tiempo simple y 14 horas, dos cargos de primer grado del escalafón, un cargo jerárquico de tiempo simple y otro de primer grado del escalafón sin superposición horaria y en todos los casos sólo uno es titular. Y así abundan los ejemplos.
Por tanto, en muchos casos ni siquiera en “prima facie” se pueden considerar casos de incompatibilidad. Esto constituye un nuevo atropello a la ley.
Por otra parte, se desconocen los alcances del Convenio de Transferencia de servicios nacionales que expresa claramente que las situaciones de revista se deben respetar aunque éstas resultaran incompatibles para la Provincia.

La misma Resolución en su Art.2 en la parte resolutiva faculta a la Dirección General de Gestión Educativa a ratificar o rectificar los bloqueos autorizados.
¿Cuáles son las funciones y misiones de dicha Dirección General?
Indudablemente los derechos de los docentes se ven, una vez más, groseramente avasallados. En todo Estado de Derecho que reconozca y respete las garantías constitucionales debería haberse comunicado a los docentes por los medios y procedimientos que corresponden, es decir a través de los instrumentos legales vigentes. Esta Resolución constituye la más elocuente muestra de abuso de poder y aviesa violación a todo derecho tanto civil, como laboral y humano ya que, tratándose de los haberes, se pone en verdadero riesgo la situación familiar.Por todo lo expuesto, el Gremio reclama al Ministerio de Educación, deje sin efecto la Resolución 2182/2010 MECCyT, analice la normativa vigente, y actúe en consecuencia, sin avasallar los derechos de los docentes, advirtiendo desde ya, que no cabe ninguna otra acción en principio por parte de la totalidad de los docentes “abarcados” por este “instrumento” que la denuncia penal por retención indebida de haberes, al haber “ordenado” a través de él, el “bloqueo de sueldos” hasta tanto se aclare la situación por parte de cada docente comprendido en el anexo de la Resolución, es decir “por las dudas”. Decisión inadmisible e irracional de la cartera educativa nunca vista desde el regreso de la democracia a nuestra República.
Fuente Prensa ATECH

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