El Gobierno creó el subsidio para asistir a damnificados por el temporal en Bahía Blanca

El presidente Javier Milei firmó el decreto 238/25 que dispone la creación del Suplemento Único para la Reconstrucción (SUR), el régimen de subsidios que estará conformado por el fondo especial para asistir a los ciudadanos de Bahía Blanca afectados por el temporal que dejó decenas de muertos, heridos y destrucción de viviendas; el monto destinado para tal fondo será de $ 200.000 millones. 
El citado decreto señala: "La tormenta "produjo severos daños en gran parte de la Ciudad de Bahía Blanca, lo que se tradujo en grandes pérdidas económicas para la población afectada" y agrega que esa problemática "extraordinaria" demanda "el necesario acompañamiento y socorro del Gobierno nacional de forma inminente, a través de diversas acciones que permitan asistir de forma eficiente y directa a los damnificados". 
El dinero "será gestionado y administrado por la Autoridad de Aplicación", la cual será el Ministerio de Seguridad Nacional que conduce Patricia Bullrich o, en su defecto, la Unidad Organizativa que este determine. 
Esta será la que establezca "los valores del/de los subsidios, procedimientos de asignación, requisitos específicos de las solicitudes, su verificación, mecanismos de difusión y transparencia, entre otros que estime pertinentes". 
El régimen especial de subsidios "consistirá en una prestación monetaria no contributiva, fija en pesos, por única vez y cuyo destino será compensar pérdidas materiales. Se denominará “Suplemento Único para la Reconstrucción (SUR)”. 
El decreto 238/25 determina una serie de requisitos para que los ciudadanos de Bahía Blanca, cuya vivienda haya sido afectada por el temporal, puedan acceder al Suplemento Único para la Reconstrucción. 
1. Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, residente en el país, o extranjero con residencia legal en la REPÚBLICA ARGENTINA no inferior a DOS (2) años anteriores a la solicitud. 2. Tener más de DIECIOCHO (18) años, a la fecha del dictado del presente decreto. 
3. Acreditar domicilio real en la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de BUENOS AIRES al 7 de marzo de 2025, mediante los medios que establezca la normativa que al efecto dicte la Autoridad de Aplicación.
4. Acreditar habitación, uso, locación o titularidad de la vivienda ubicada en la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de BUENOS AIRES, al 7 de marzo de 2025. 
5. Acreditar, con carácter de “DECLARACIÓN JURADA”, los daños y/o pérdidas materiales producto del fenómeno meteorológico del 7 de marzo de 2025, conforme el procedimiento que determine la normativa que al efecto dicte la Autoridad de Aplicación. En caso de falsedad de dicha declaración, se iniciarán las acciones civiles y penales correspondientes. 
6. Otros que la Autoridad de Aplicación estime pertinentes. 
Fuente: ambito.com 
wdm.

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