La Justicia ratificó la suspensión del decreto de Javier Milei que limita la huelga

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó este lunes la medida cautelar que frena parte del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, dictado por el Gobierno de Javier Milei, que limitaba el derecho a huelga. 
La resolución alcanza a los artículos 2 y 3 del decreto, que habían sido impugnados por la Confederación General del Trabajo (CGT). 
El eje de la discusión judicial gira en torno a las modificaciones que el Poder Ejecutivo intentó introducir en materia de derecho a huelga. 
En particular, los artículos suspendidos ampliaban las actividades consideradas "esenciales", lo que hubiese limitado la posibilidad de realizar paros en sectores clave como la salud, la educación y el transporte. 
Así la Sala IV del fuero laboral respaldó el planteo sindical al sostener que el decreto avanzaba sobre facultades que le corresponden exclusivamente al Congreso; de este modo, los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado señalaron que el Ejecutivo se excedió en sus atribuciones y afectó principios básicos del derecho laboral, como la libertad sindical. 
El fallo ratificó la decisión tomada en primera instancia por la jueza Moira Fullana, del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 3, quien había hecho lugar a un amparo presentado por la CGT. 
En su momento, la magistrada advirtió que el DNU violaba el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que protege el derecho de huelga como parte de la libertad sindical. Además de apuntar contra el fondo del decreto, tanto la jueza Fullana como los camaristas coincidieron en que no estaban dadas las condiciones de "necesidad y urgencia" que justificarían una reforma por vía ejecutiva; la Cámara reiteró que "Una modificación de estas características requiere una ley del Congreso". 
Fuente: elintransigente.com 
wdm.

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