La Cámara baja avanzó el miércoles con una modificación a la Ley 24.769, de Régimen Penal Tributario, actualizando los montos por el delito de evasión tributaria.
Se consensuaron sendos proyectos presentados por los diputados Oscar Agost Carreño y Ricardo López Murphy, reflotados cuando el Gobierno presentó un proyecto en el mismo sentido para respaldar la iniciativa endiente a utilizar los “dólares bajo del colchón” que no comenzó a ser tratada siquiera en comisiones.
El proyecto consiguió media sanción con 226 votos favorables, ninguno en contra y 6 abstenciones, y permite actualizar los montos que determinan la tipificación de delitos tributarios, reemplazando valores fijos en pesos por una unidad de medida variable basada en el precio de la nafta súper.
El diputado Agost Carreño defendió la iniciativa señalando que se trata de una ley que “trasciende la coyuntura” y cuya idea le surgió en 2023, cuando conoció la experiencia de una heladería de barrio en crisis, que no pudo pagar una deuda y el problema devino en una causa penal, también indicó que “La justicia está sobrepasada de este tipo de causas que se trataban como faltas tributarias, no delitos.
Agost Carreño aseguró que “Esto le cambia la vida a la gente, pero sobre todo a muchas PyMEs y MicroPyMEs; la inflación avanza y el Congreso no actualiza los montos y, si no aprobamos esto, la justicia no se puede abocar a problemas más serios como son el lavado de dinero, el narcotráfico o la trata de personas”.
A su turno, López Murphy consideró el proyecto como “sencillo y razonable, que busca actualizar los montos y establecer un mecanismo automático de actualización, de modo de no requerir la intervención del Congreso en el futuro; con esto restablecemos los principios de equidad, eficiencia y previsibilidad, lo que hacemos es algo que ya se previó en 2017, con la unidad de valor tributario, pero nunca se aplicó”.
En cuanto a la actualización de montos, se reemplazan los valores fijos en pesos por “unidades fijas” (UF), equivalentes al precio de 2.000 litros de nafta súper en YPF ACA y la Procuración General de la Nación actualizará y publicará el valor semestralmente.
Con relación a las modificaciones penales, se endurecen las penas por evasión simple y agravada, fraude en beneficios fiscales, uso de facturas falsas, y apropiación indebida de reintegros o subsidios.
Las penas van de 2 a 9 años de prisión, según el monto evadido y la modalidad del delito; asimismo se penaliza con prisión el no depósito de aportes retenidos a empleados o recursos de la seguridad social, si el monto supera 5 UF por mes.
Además se obliga a AFIP y organismos provinciales a habilitar el pago separado de aportes retenidos.
Con esta iniciativa se busca evitar el colapso de los tribunales federales y mejorar la proporcionalidad en la persecución penal tributaria y se toma como antecedente el sistema de unidades fijas ya aplicado en la Ley de Narcotráfico (Ley 23.737).
Fuente: parlamentario.com
wdm.
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