La jueza Barranco Cortés se refirió sobre la sentencia que rechazó escrituración por falsificación y adulteración de instrumentos

La jueza Civil y Comercial N° 4 de Resistencia, María Eugenia Barranco Cortés, con motivo de manifestaciones realizadas a la prensa en el día de la fecha por Carlos Hernán Maximiliano Zambelli, hace saber: 
Que el mismo inició demanda de escrituración contra los herederos de quienes en vida fueran Armando Gaitán y Liceria Adelina García, alegando la compra-venta del inmueble realizada el 15/01/2002, en base a la presentación de un boleto de compraventa. 
La causa tramitó en el Juzgado a mi cargo, por Expte. N° 660/2012 y cuenta con sentencia firme de la Sala Primera Civil, Comercial y Laboral del Superior Tribunal de Justicia del Chaco que confirmó los fallos de primera instancia y apelación que rechazaron la demanda de escrituración por él promovida, habiéndose garantizado el derecho de defensa y los recursos procesales previstos por la ley. 
Sentencia de primera instancia 
Mediante la sentencia definitiva dictada el 5 de junio de 2019 la suscripta rechazó la demanda de escrituración impetrada por Zambelli con fundamento en la contundente evidencia de falsificación y adulteración de los instrumentos presentados como prueba, habiendo la prueba pericial documentológica, determinado que las firmas insertas en la fotocopia certificada del boleto de compraventa cuestionado no fueron puestas de su puño y letra por Liceria Adelina García y Armando Gaitán. 
Sentencia de la Cámara de Apelaciones 
Zambelli interpuso recurso de apelación y nulidad del pronunciamiento; el 1 de julio de 2020, la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, luego de una exhaustiva revisión de la causa, consideró que la valoración de la prueba efectuada por la suscripta se ajustó a derecho, y confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda de escrituración. 
Sentencia de la Sala Civil del STJ 
Disconforme con la resolución de la Cámara, Zambelli interpuso un recurso extraordinario de inconstitucionalidad; el 26 de marzo de 2021, la Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia emitió la sentencia N° 48, mediante la cual confirmó los argumentos expuestos en las instancias anteriores, destacando la validez de las conclusiones de la pericia documentológica que reveló la falsedad de los instrumentos, por lo cual rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto, quedando de esta forma firme la sentencia que rechaza la escrituración. 
Fuente: Prensa STJ del Chaco 
wdm.

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