El Gobierno dispuso la suspensión temporal de las retenciones a la exportación de aluminio, acero y una serie de productos derivados, con el objetivo de impulsar las ventas externas hacia países que aplican altos aranceles de importación.
La medida fue oficializada mediante el Decreto 726/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta que los países involucrados reduzcan sus tasas por debajo del 45%, lo que ocurra primero.
El decreto firmado por el presidente Javier Milei, establece que la alícuota de derechos de exportación se reducirá al 0% para los productos incluidos en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) y precisa que el beneficio aplicará únicamente cuando las exportaciones se destinen a mercados que mantienen un arancel “ad valorem” igual o superior al 45% sobre el valor de los bienes.
Desde el Ejecutivo señalaron que con ello se busca aumentar la competitividad de la industria nacional en destinos donde las barreras comerciales dificultan el ingreso de productos argentinos, particularmente del sector siderúrgico y del aluminio.
Asimismo indicaron que la Secretaría de Coordinación de Producción del Ministerio de Economía será la encargada de dictar las normas complementarias y operativas necesarias para implementar la medida. Además, deberá notificar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la lista de países que aplican aranceles iguales o superiores al 45% a las mercaderías incluidas, así como informar cualquier modificación que se produzca en esos esquemas impositivos.
Entre los artículos alcanzados se encuentran:
* Laminados planos de hierro o acero sin alear, tanto en caliente como en frío (códigos N.C.M. 72.08 a 72.12).
* Aceros aleados en distintas formas, incluidos los laminados planos y los productos intermedios (72.24 a 72.26).
* Tubos y perfiles huecos de hierro o acero sin soldadura (73.04).
* Aluminio en bruto, barras, perfiles, alambres, chapas y tiras, en distintas presentaciones (76.01, 76.04, 76.05, 76.06 y 76.07).
Fuente: ambito.com
wdm.
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