El Gobierno oficializó los requisitos para la tenencia de armas

El Gobierno Nacional oficializó este martes los requisitos que deberán cumplir los legítimos usuarios para adquirir y poseer armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto de calibre superior al .22 LR. 
La medida se formalizó a través de la Resolución 37/2025 del Registro Nacional de Armas (RENAR), organismo que reemplazó a la ANMAC. 
Esta resolución reglamenta el Decreto 397/25, que había eliminado la prohibición de tenencia de estos materiales para legítimos usuarios y había encargado al RENAR establecer un "régimen de autorización y control especial". 
Requisitos para legítimos usuarios 
Para acceder a la tenencia de estas armas, los legítimos usuarios de armas de fuego de uso civil condicional (o las Entidades de Tiro) deberán cumplir con una serie de recaudos. 
Requisitos administrativos y de antigüedad: 
* Tener una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de fuego de uso civil condicional. 
* No tener sanciones o actuaciones administrativas en trámite ante el RENAR (ex ANMAC). 
* Contar con un Sector de Guarda registrado tipo G2 (medidas de seguridad específicas para el almacenamiento). *Presentar una declaración jurada detallando los fundamentos de la solicitud. * Identificar el material (marca, modelo, calibre, número de serie) y adjuntar fotografías. 
* Acreditación de "probados usos deportivos" 
El punto central del nuevo régimen, establecido por el Decreto 397/25, es que el usuario debe acreditar "probados usos deportivos". 
La resolución especifica que esto se cumple teniendo, al menos, una de las siguientes condiciones: * Una certificación de una Entidad de Tiro habilitada que avale al solicitante como "tirador asiduo". 
* Probar la representación en certámenes nacionales y/o internacionales de tiro deportivo. 
* Las Entidades de Tiro también podrán solicitar el material para ser utilizado por sus socios en disciplinas deportivas o con fines didácticos. 
El costo del trámite será equivalente a la suma de una "Tenencia Express" y una "Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM)". 
Con esta medida, se derogan varias disposiciones anteriores del ex RENAR que regulaban la materia. Fuente: Prensa Gobierno Nacional 
wdm.

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