La ANMAT informa que, a partir del día de la fecha, se ordenó la inhibición preventiva de todas las actividades productivas de la firma DRAWER S.A. (CUIT N° 30-60680176-5), con domicilio en la calle Dorrego N° 127, partido de Quilmes, provincia de Buenos Aires.
La medida fue tomada luego de llevarse a cabo un proceso de inspección que detectó deficiencias significativas clasificadas como CRÍTICAS y MAYORES que podrían comprometer la calidad, seguridad y eficacia de los productos elaborados en el establecimiento.
Debido a las irregularidades detectadas, se confeccionó una Carta de advertencia que implica la inhibición transitoria de elaboración y comercialización: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/if-2025-129357727-apn-inameanmat.pdf.
La empresa no podrá continuar con su actividad productiva, de control de calidad y comercialización, hasta no regularizar las deficiencias y tener en su poder la Carta de Cierre correspondiente.
Asimismo, se prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y se ordena a la firma DRAWER S.A. el recupero del mercado de los siguientes 4 lotes de productos:
* DICLOFENAC DRAWER / DICLOFENAC SODICO (COMO DICLOFENAC EPOLAMINA), concentración 75 mg/3 ml, solución inyectable, Certificado N° 51.815, lote 90700 con vencimiento 09/2027.
* VANCOMICINA DRAWER / VANCOMICINA (COMO CLORHIDRATO), concentración 1000 mg, polvo para inyectable, Certificado N° 52.491, lote 94423 con vencimiento 01/2027 y lote 94446 con
* vencimiento
* AMPICILINA SULBACTAM DRAWER / AMPICILINA + SULBACTAM, polvo para inyectable, Certificado N° 52.569, lote 870280 con vencimiento 07/2027.
Esta Administración Nacional se encuentra realizando el seguimiento del retiro del mercado e indica a la comunidad abstenerse de utilizar las unidades correspondientes a los lotes detallados; adicionalmente, se indicó la inmovilización de 139 lotes y prohibición de uso de los productos en carácter preventivo, los cuales están mencionados en la Carta de Advertencia.
También indica a las instituciones no hacer uso de dichos lotes de productos hasta tanto se establezca la medida regulatoria y concluyan las investigaciones del caso; en consecuencia y, con el fin de proteger la salud pública, ANMAT dispuso todas las medidas sanitarias mencionadas.
Fuente: ANMAT
wdm.
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