A partir de un planteo de inhibitoria realizado por el titular de la Sede Fiscal Descentralizada de Reconquista, el fiscal federal Roberto Salum y en línea con lo dictaminado por el procurador general de la Nación interno, Eduardo Casal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró que el Juzgado Federal de Reconquista es el tribunal competente para continuar la investigación por presunto lavado de activos iniciada tras el hallazgo de una suma de u$s 250 mil durante un allanamiento realizado en marzo de 2021 y que involucra a un ex funcionario de la ex Administración Federal de Ingresos Público (ex AFIP hoy ARCA) de Rosario y a un ex directivo de la empresa Vicentín.
La causa -que inicialmente tramitó el Ministerio Público de la Acusación (MPA) de la provincia de Santa Fe- tiene como eje la presunta confección de un contrato de depósito falso que, según la hipótesis acusatoria, habría sido utilizado para dotar de apariencia lícita al dinero encontrado.
En la pesquisa se detectaron maniobras que constituirían lavado de activos relacionadas con Vicentín SAIC, un directivo de la firma y uno de sus hijos, un abogado, una escribana y con el ex director regional de la ex AFIP de Rosario, Carlos Vaudagna, también imputado en una causa por corrupción y pedido de coimas a empresarios junto al exjuez Marcelo Bailaque y al financista Fernando Whpei.
En representación del Ministerio Público Fiscal, el fiscal federal Salum inició una causa a partir de la publicación, en medios de prensa, de la transcripción de una intervención telefónica en la que el exsíndico de Vicentín SAIC, Omar Scarel, era asesorado por un abogado para poder retirar dinero secuestrado en una caja de seguridad a nombre de una sociedad integrada por uno de sus hijos, y diagramaban la forma para justificar ficticiamente ese dinero.
Para concretar la maniobra, se confeccionó una escritura -que luego se determinó era falsa- en la que se certificaba que Vaudagna había entregado u$s 250 mil estadounidenses en efectivo al hijo Scarel para realizar una operación inmobiliaria indeterminada.
En esa instancia, la justicia provincial inició actuaciones por la presunta falsedad de documento público -la escritura- imputó por esos hechos a los intervinientes y resolvió la situación del exfuncionario de ARCA con una suspensión de juicio a prueba.
Sin embargo y luego de obtener copias de esas actuaciones, el fiscal federal Salum formuló un planteo de inhibitoria para que la causa tramite en el Juzgado Federal de Reconquista.
La Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario rechazó ese planteo, mientras que la Cámara Federal de Resistencia había avalado la postura del Ministerio Público Fiscal y reconocido la competencia federal; así el conflicto llegó a la CSJN.
En su resolución del 11 de noviembre pasado y que lleva la firma de sus tres integrantes -los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz-, la CSJN determinó que la competencia corresponde al Juzgado Federal de Reconquista, ante la hipótesis de lavado de activos sostenida por el MPF de la Nación.
La resolución del máximo tribunal ordena: “De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal de Reconquista, al que se le remitirá. Hágase saber a la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario y al Colegio de Jueces de 1ª Instancia de esa ciudad”.
Fuente: fiscales.gob.ar
wdm.
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