La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) retomó las negociaciones salariales con las cámaras empresarias de la actividad y alcanzó nuevos acuerdos de paritarias para dos ramas del sector: la industria farmacéutica, comprendida en el CCT 42/89 y las droguerías, encuadradas en el CCT 120/75.
En ambos casos se acordó una recomposición del 9,05% sobre los valores de abril de 2026, en el marco de los acuerdos vigentes para el período iniciado el 1° de abril; la actualización también alcanzó distintos conceptos vinculados a las condiciones salariales y laborales.
Para los trabajadores comprendidos en el CCT 42/89, FATSA acordó con las cámaras empresarias nuevas escalas salariales básicas con vigencia desde el 1° de agosto de 2026.
De acuerdo con la nueva escala, el personal con título universitario categoría A tendrá un básico de $ 3.335.917,91, mientras que la categoría B alcanzará los $ 3.157.208,05.
Entre los operarios de producción, mantenimiento y servicios, el básico para quienes poseen título habilitante será de $ 2.978.496,45.
Los operarios de planta química, calificados especializados, tendrán un básico de $ 2.720.157,61; los operarios con oficio, oficiales y calificados especializados, de $ 2.484.390,46 y los operarios calificados, de $ 2.247.345,48.
La escala también contempla $ 2.034.133,96 para los operarios semicalificados, $ 1.832.351,30 para los no calificados y $ 1.745.561,76 para los peones.
Para el personal administrativo, el básico del auxiliar principal quedó establecido en $ 2.484.390,46; el auxiliar de segunda, en $ 2.247.345,48; el auxiliar de tercera, en $ 2.034.133,96; el auxiliar de cuarta, en $ 1.832.351,30 y el principiante de administración, en $ 1.745.561,76; los viajantes propagandistas tendrán un básico de $ 2.034.133,96, mientras que los corredores percibirán $ 2.247.345,48.
El acuerdo también fijó un bono vacacional no remunerativo de $ 336.438,37, un concepto de comedor de $1 4.916 para los establecimientos que no cuenten con servicio de comedor y una suma no remunerativa de $ 472.223,79 en concepto de sala maternal.
Por el Día del Trabajador de la Sanidad se estableció, además, una asignación no remunerativa de pago único de $ 101.560, que deberá abonarse durante septiembre y antes del 20 de ese mes.
Las partes acordaron volver a reunirse en noviembre de 2026 y enero de 2027 para revisar los valores establecidos; el acuerdo se encuentra sujeto a homologación por parte de la Secretaría de Trabajo.
En el caso de las droguerías comprendidas en el CCT 120/75, FATSA y las empresas nucleadas en ADEM también acordaron una actualización del 9,05% respecto del acuerdo definido en abril; la nueva escala lleva el salario de los trabajadores profesionales a $ 2.382.621, mientras que los cadetes alcanzarán los $ 1.623.475.
Fuente: mundogremial.com
wdm.
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