Santa Fe reglamentó la ley de parques y distritos productivos tecnológicos

Luego de un año y siete meses después de la promulgación de la Ley N° 14.395, esta semana el Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe dictó el decreto reglamentario para ponerla en vigencia y empezar este lunes la difusión ante sectores productivos sobre los alcances de la iniciativa. 
La norma lleva por título Ley de Parques Productivos y Distritos Productivos Tecnológicos y suplió a la Ley N° 11.525 que apuntó a la construcción y el funcionamiento de parques y áreas industriales, norma de avanzada y una de las primeras del país dictada en 1997 y recién reglamentada en el 2002. 
El secretario de Desarrollo Industrial, Guillermo Beccani, uno de los funcionarios que trabajó arduamente en la reglamentación que firmó esta semana el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini, señaló que "Es la adecuación de la Ley 11.525 más la incorporación de modificaciones introducidas a la temática por el Código civil y Comercial dictado en 2015". 
Beccani agregó que "La ley contiene una mirada más amplia en el concepto de industria así como de parques tanto industriales como comerciales o de servicios y de distritos tecnológicos; el dato central es el concepto de sustentabilidad presente en todos estos sitios"; en otros aspectos reglamentados de la ley están los beneficios incorporados, la creación del Consejo Consultivo, el régimen sancionatorio y el fondo provincial de infraestructura. 
La nueva ley tiene 60 artículos e impulsa la creación y desarrollo de Parques Productivos y Distritos Productivos Tecnológicos, "con el fin de promover la radicación y desarrollo de empresas sostenibles en el territorio de la Provincia, agrupándolas en zonas delimitadas, generando un ambiente de colaboración entre sí, que impulse la instalación de nuevos emprendimientos así como la ampliación y modernización de los existentes; propender a la agrupación de empresas organizadas entre sí bajo una estrategia conjunta encaminada a maximizar sus beneficios económicos y sociales y minimizar el impacto ambiental, en armonía con el ambiente y con los núcleos urbanos". 
La ley insta a propiciar la integración y complementación de las actividades económicas santafesinas en aspectos productivos, técnicos y comerciales, reduciendo los costos de inversión en infraestructura y servicios; alentar los procesos de capacitación de recursos humanos, empresarios y laborales, y el crecimiento del empleo productivo por medio de acciones comunes; generar espacios que reúnan las condiciones requeridas para posibilitar la relocalización de establecimientos industriales, comerciales, de servicios y de base tecnológica, en los casos en que éstos se encuentren en conflicto con la población o el ambiente. 
Fuente: ellitoral.com 
wdm.

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