El Poder Ejecutivo provincial promulgó mediante el decreto Nro. 1844, la reforma electoral sancionada recientemente por la Legislatura.
La ley fue registrada bajo el número 14.478; el decreto lleva las firmas del gobernador Maximiliano Pullaro y de su ministro de Gobierno, Fabián Bastía, a partir de su promulgación, la ley está vigente aunque está pendiente su reglamentación.
Uno de los aspectos más discutidos fue el nuevo piso de votos que se exigirá a los partidos para ingresar a la instancia de la elección general; a partir de ahora, será equivalente al 4% del padrón, algo que fue resistido por los partidos minoritarios; advirtieron que la medida es "proscriptiva" y atenta contra la participación de las fuerzas más pequeñas.
La norma reúne en el formato de Código Electoral, introduce una serie de cambios que fueron considerados sustanciales y que redundarán en modificaciones tanto para el elector como para los partidos políticos, algunos de ellos motivaron fuertes controversias.
En otro orden, se reduce el número de boletas que se utilizarán para la elección general. Se ratifica el sistema de Boleta Única pero se asocian en una sola las categorías Gobernador y vice más diputados provinciales; se reserva otra para la categoría de senador departamental y una tercera para los cargos locales (intendente y concejales), de esta variante deviene otra novedad: el elector podrá elegir la opción de "Voto lista completa".
El artículo 40 y habilita una interna para dirimir las candidaturas definitivas de la categoría "vicegobernador/a"; según la ley, cada pre candidato a gobernador podrá llevar hasta tres pre candidatas a vice.
Fuente: ellitoral.com
wdm.
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