La Cámara de Senadores de San Luis convirtió en ley el proyecto de Desendeudamiento y de Incentivo al Consumo Familiar, enviado a la Legislatura por el gobernador Claudio Poggi.
La propuesta establece herramientas para que las familias que registran deudas en mora puedan reorganizar su economía doméstica, acceder a mejores condiciones de pago y recuperar parte de sus ingresos para destinarlos al consumo.
Durante el tratamiento, el senador Martín Olivero destacó la importancia de dar respuesta a una problemática que afecta a numerosos hogares de la provincia, especialmente a aquellas familias que pese al esfuerzo cotidiano encuentran dificultades para llegar a fin de mes y deben recurrir a préstamos, tarjetas de crédito o entidades financieras para afrontar gastos esenciales como alimentos, medicamentos y servicios.
Olivero resaltó: “El Estado no puede mirar para otro lado cuando hay familias que están atravesando dificultades económicas” y valoró la decisión del gobernador de impulsar una iniciativa destinada a acompañar a los sanluiseños en ese contexto.
Además aclaró que la ley no implica que el Estado asuma las deudas particulares, sino que intervenga mediante herramientas fiscales para incentivar a las entidades crediticias a ofrecer alternativas de refinanciación más accesibles.
En ese sentido, explicó que mejorar los ingresos “resulta insuficiente cuando una parte importante de los recursos familiares termina destinada al pago de intereses de préstamos y tarjetas”.
La norma crea dos programas complementarios.
El primero, de Desendeudamiento Familiar, está dirigido a personas con domicilio en San Luis durante al menos dos años ininterrumpidos y que registren deudas de consumo con una mora superior a tres meses al momento de la sanción de la ley, dentro de los montos que establezca la reglamentación.
Las entidades financieras que adhieran podrán ofrecer planes de regularización con plazos de amortización no menores a 24 meses, un período de gracia de al menos dos meses y una tasa de interés que no podrá superar en más de diez puntos porcentuales a la Tasa Mayorista de Argentina (TAMAR) publicada por el Banco Central.
Uno de los aspectos que Olivero consideró fundamentales es que el valor de la cuota no podrá superar el 30% de los ingresos del grupo familiar, para evitar que las obligaciones financieras absorban una proporción excesiva de los recursos del hogar.
Además, las refinanciaciones no podrán incluir gastos administrativos, comisiones ni honorarios adicionales.
La legislación también contempla la posibilidad de consolidar distintas deudas en una sola refinanciación, incluso cuando hayan sido contraídas con diferentes entidades; a su vez, podrán incorporarse compromisos pendientes por servicios públicos de competencia provincial, como los de Edesal, de acuerdo con lo que determine la reglamentación.
Fuente: agenciasanluis.com
wdm.
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