Patricia Bullrich presentó este 5 de noviembre un proyecto para declarar imprescriptibles los delitos contra la integridad sexual cuando las víctimas sean menores de edad, en sus fundamentos señaló: "La comisión de delitos de abuso sexual no prescribirá nunca, cualquiera sea el tiempo que haya transcurrido desde la comisión del hecho".
La propuesta prevé incorporar el artículo 62 bis al Código Penal para que queden fuera del régimen de prescripción el abuso sexual, la corrupción de menores, la prostitución y la explotación sexual de menores, la pornografía infantil, el acoso sexual en línea a menores y la trata de personas con fines de explotación sexual; la condición es que las víctimas sean niños, niñas o adolescentes.
El texto sostiene: "Existen conductas cuya gravedad y cuyo impacto sobre las víctimas exigen que el Estado conserve, sin límite temporal, la potestad de investigarlas y sancionarlas".
El proyecto de la jefa del bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, se apoya en los cambios previos al régimen, hasta 2011, el plazo para los delitos de abuso sexual infantil empezaba a correr desde la fecha del hecho, incluso cuando la víctima era menor; una reforma de ese año hizo que comenzara al llegar a la mayoría de edad.
En 2015, la Ley 27.206 de Respeto al tiempo de las víctimas suspendió el cómputo mientras la víctima era menor y hasta que, ya adulta, pudiera formular o ratificar la denuncia; los fundamentos resumen ese límite con la frase "los delitos igualmente prescribían".
El proyecto también cambia los plazos generales: para los delitos con pena de prisión o reclusión perpetua, propone pasar de 15 a 20 años, a la vez, plantea elevar los plazos mínimos y máximos previstos para otros delitos e incorporar reglas específicas para las personas jurídicas.
También modifica aspectos de la prescripción de la pena, precisa las reglas sobre recursos judiciales y amplía los casos en que se interrumpe la prescripción en delitos de acción privada, Bullrich sostiene que la reforma apunta a actualizar un régimen con vacíos legales y controversias en la doctrina y la jurisprudencia.
Otro eje busca impedir que la fuga haga correr el plazo a favor del imputado.
El cómputo quedaría suspendido mientras permanezca prófugo, sea declarado en rebeldía o exista un pedido de extradición dispuesto por un tribunal argentino.
Patricia Bullrich explicó que "la fuga como causal de suspensión de la prescripción, en lugar de considerarla una causal de interrupción, tiene un impacto mayor en la aplicación de la ley penal". También sostuvo que el proceso "permanecerá vigente durante todo el período en que el imputado se encuentre prófugo o se requiera su extradición, hasta que sea localizado y sometido a juicio".
Fuente: elintransigente.com
wdm.
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