La Cámara Federal de Casación Penal declaró "mal concedido" un recurso de la defensa del periodista Daniel Santoro para que se declare la incompetencia parcial de la justicia de Dolores en la causa D'Alessio, en lo referido a la investigación sobre su persona.
Según el fallo de los camaristas Eduardo Riggi, Javier Carbajo y Guillermo Yacobucci, también instó al juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, a cargo de la causa, para que "haga un control eficaz del progreso de las actuaciones a fin de no prolongar de modo indefinido la cuestión de competencia que viene planteando desde meses el Ministerio Pùblico Fiscal".
Los magistrados declararon mal concedido el recurso para revisar la decisión de la Cámara Federal de Mar del Plata que rechazó declarar la incompetencia parcial de Ramos Padilla en la parte del caso por supuesta "coacción y tentativa de extorsión" en la que está procesado Santoro.
La defensa del periodista pedía que la investigación de esta parte del caso siga su curso en los tribunales federales de Comodoro Py 2002, en la ciudad de Buenos Aires, por una cuestión de "territorialidad" de los hechos.
Casación sostuvo que el recurso no se presentó contra una "sentencia definitiva" y declaró mal concedida la apelación.
La decisión se tomó "sin perjuicio de hacer un enfático hincapié respecto a que la indeterminación del objeto procesal no puede prolongarse de manera indefinida; sobre todo, en virtud de la existencia de personas privadas de su libertad, la restricción de derechos propia de una investigación penal y hechos que se habrían concretado en ámbitos territoriales diversos y ajenos a la competencia del magistrado que actúa en el caso; en este sentido, corresponde remarcar que han pasado varios meses desde el anterior pronunciamiento de esta Sala y aún continúa sin definirse claramente la plataforma fáctica y por ende el objeto procesal de la presente causa respecto de parte de los imputados".
Casación concluyó: "La indeterminación conspira no sólo contra el adecuado servicio de justicia, sino también respecto de garantías de naturaleza constitucional".
Fuente: ambito.com
wdm.
0 Comentarios