A partir de las 8 horas de este viernes 27 de junio comenzó la veda electoral en la provincia de Santa Fe de cara a las elecciones del domingo 29 de junio, por lo cual el Tribunal Electoral Provincial prohíbe la realización de campañas electorales para convencionales (distrito único y departamental), municipales, comunales y concejales; la normativa se encuentra establecida por el artículo 7 de la Ley N° 6808 modificado por el artículo 22 de la Ley N° 12.367.
Actividades que no están permitidas durante la veda electoral:
* Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
* Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
* El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas (desde 12 horas antes de los comicios).
* Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los sitios de votación.
* La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
* Realizar actos públicos de proselitismo
* Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
* Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los puntos de votación.
Fuente: Tribunal Electoral de Santa Fe
wdm.
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