La justicia nuevamente les dio la razón a los trabajadores ATP que fueran cesanteados en esta ocasión por la insólita postura del ente de querer que los trabajadores (Repuestos en sus lugares de trabajo por decisión de la justicia) debían devolver las horas no trabajadas o sea los días que estuvieron echados del ente, hablamos con el abogado Marito Peredo Aguirre el letrado que los representó .
"A ver, primero, todavía ellos no han cobrado ni siquiera los días que ya han trabajado desde que comenzó la ATP a cumplir, entre comillas, la sentencia de primera instancia dictada por el juez. Y bueno, en el derrotero este del cumplimiento, la ATP dicta el memorándum número 26, a través del cual pretendía que los trabajadores cumplan 175 horas extras, que serían los días hábiles, no trabajados. ¿Por qué? Porque el juez en la sentencia dice que declara la nulidad de la rescisión del contrato, que los trabajadores continúen trabajando y que se les paguen los haberes caídos, pero la ATP pretendía, de manera retroactiva, hacer cumplir esas horas extras cargando a las 8 horas, ya que trabajan ellos, las horas diarias para poder cumplir estas 175 horas y media que unilateralmente decidieron hacer cumplir a los trabajadores. Obviamente esto es irracional, es abusivo, no estaba previsto en la sentencia y uno se pregunta por qué sería irracional o abusivo que alguien devuelva horas que habría debido cumplir para poder percibir sus haberes. Y el motivo es que no cumplimiento de esa carga horaria obedece al actuar ilegítimo de la ATP, que fue declarado de esa manera en la sentencia y no al incumplimiento de los trabajadores, con lo cual los trabajadores al mantener su fuerza de trabajo y disposición de la patronal con todos los planteos que se fueron haciendo, ya tenían justificado el derecho a cobrar esas horas que arbitrariamente les fueron quitadas con esta rescisión unilateral, anticipada, sin previo aviso y totalmente irracional a un personal que ya tenía más de 10 años trabajando en ATP".
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