Luego de que las provincias de Salta, Jujuy y Tucumán se vieron afectadas por una serie de cortes masivos en el suministro eléctrico durante los días 22 y 23 de enero pasado, apagón que afectó a casi un millón de usuarios, el diputado nacional Bernardo Biella presentó un pedido de informes dirigido al Poder Ejecutivo de la Nación para conocer los motivos de la falla que se extendió por 48 horas.
En los fundamentos, el integrante de Innovación Federal cuestionó que “la situación lamentablemente no es nueva y constituye una reiteración de cortes que desde hace años se vienen produciendo, siendo la mayoría de ellos atribuibles a inconvenientes con la empresa Transnoa S.A. que tiene a su cargo la operación y mantenimiento de la red de energía eléctrica en el NOA”.
El proyecto de resolución impulsado por el legislador salteño exige conocer el crecimiento del ente regulador de los últimos años atribuidos a la firma Transnoa; el estado actual de la infraestructura, equipamiento y dotación del personal; los controles realizados en el marco de la Ley 24.065; informes del cumplimiento del contrato; conocer las multas aplicadas a la empresa entre 2019 y 2025; los planes de inversión; las medidas adoptadas en virtud de los usuarios afectados y las operaciones realizadas durante el corte.
Biella precisó: “En la provincia de Salta concretamente se vieron afectados los usuarios de los departamentos de Oran, Rivadavia y San Martín, por un espacio prolongado de tiempo, atento a las demoras en las que incurrió la empresa para concurrir a resolver el problema aparentemente por la dotación insuficiente de personal”, en esa línea resaltó que “la energía eléctrica constituye un servicio indispensable que permite el desarrollo de la vida cotidiana en todas sus dimensiones y cuya interrupción impacta también en el servicio de agua potable igualmente esencial para la subsistencia y genera pérdidas económicas también”.
Sin embargo, el punto más crítico que relató el salteño en su proyecto de resolución estuvo vinculado a “la afectación del derecho a la salud que se ve comprometido con la interrupción del servicio en los establecimientos de salud y en los domicilios en los que residen pacientes electrodependientes”; en este punto invocó el artículo 42 de la Constitución Nacional, los tratados internacionales con jerarquía constitucional y a la Ley 24.065 (Régimen de Energía Eléctrica).
Dirigido al Gobierno nacional, el diputado enfatizó que “el Estado tiene su ineludible obligación de supervisión y control a través del Ente Regulador y esto está expresamente establecido con carácter imperativo en la ley 24.065 y en la normativa complementaria”.
Fuente: parlamentario.com
wdm.
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