La Cámara del Trabajo revocó el fallo que suspendía 82 artículos de la ley de Reforma Laboral

La Cámara del Trabajo concedió la apelación presentada por el Estado y revocó el fallo del juez Raúl Ojeda que suspendió 82 artículos de la normativa. 
La decisión de la Sala VIII del tribunal determinó el efecto suspensivo de los alcances del fallo del magistrado del fuero laboral”; con esta resolución, los artículos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) vuelven a tener plena vigencia en todo el territorio nacional. 
El fallo firmado por la jueza María González, y su par Arturo Pesino, señala que, “Modificar la resolución del 7 de abril de 2026 y otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación, deducido por el Estado Nacional, contra la resolución que admitió la medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo, de la República Argentina”. 
El Estado Nacional interpuso el recurso cuestionando el criterio aplicado para suspender los 82 artículos a pedido de la CGT; el planteo del Gobierno fue enfático en que la apelación debía tener carácter “suspensivo” -es decir, que la suspensión del juez no se ejecute mientras se revisa el caso. 
A criterio de los magistrados González y Pesino, "la medida cautelar suspendió la vigencia de una gran cantidad de artículos de una ley del Congreso y esta circunstancia torna aplicable la norma antes aludida”. En otros términos, la Cámara entendió que no se puede suspender los alcances de una normativa que fue dictada por el Congreso Nacional, indicando que hasta que se resuelva el fondo de la discusión, corresponde el efecto suspensivo de recurso de apelación. 
Fuente: parlamentario.com 
wdm.

Publicar un comentario

0 Comentarios