El ENACOM ordenó frenar la concesión de los medios públicos de CABA

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) se expidió sobre la licitación para concesionar los medios públicos de CABA iniciada por Jorge Macri y exhortó al jefe de Gobierno a que se abstenga de persistir con el proceso, a riesgo de recibir sanciones. 
La resolución surgió en medio del conflicto entre el Ejecutivo porteño y los trabajadores, quienes iniciaron una demanda en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12, a cargo de la jueza Macarena Marra Giménez, con el objetivo de conseguir una medida cautelar para frenar la concesión. El interventor del ENACOM, Juan Luis Ozores, designado por el presidente Javier Milei en el marco de la reestructuración del ente, analizó el procedimiento de concesión iniciado a través de la resolución 7/26, mediante la cual el Gobierno porteño pretende pasar a manos privadas por cinco años la administración de las radios AM 1110 (La Once Diez), FM 92.7 (La 2x4) y el Canal de la Ciudad a cambio de un canon de $ 718.965.000. 
La medida, publicada a mediados de marzo en el Boletín Oficial porteño con la firma del jefe de Gabinete Gabriel Sánchez Zinny y del ministro de Hacienda Gustavo Arengo, fue cuestionada por el ENACOM en una nota que ese organismo le envió al Ejecutivo porteño el pasado 10 de abril. 
En sus consideraciones, alertó sobre "una colisión" entre el acto administrativo y el marco regulatorio vigente, entre ellos la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) y el decreto 1225/2010. 
Ozorez advirtió así que la licitación choca con las disposiciones del artículo 44 de la ley de Medios que establece el principio de "indelegabilidad" de los servicios de comunicación al establecer que su explotación, adjudicada mediante licencia o autorización, "será realizada por su titular" y expone los criterios por los cuales su delegación "configura falta grave".
En ese marco, la normativa citada por el ENACOM indica que la indelegabilidad de la prestación "obedece al mantenimiento de la titularidad efectiva de la explotación de la emisora por quienes accedieron a la condición de licenciatario por estar calificados para la misma, y que en forma previa fueron evaluados por la Autoridad de aplicación...". 
A su vez, Ozores citó al artículo 106 de la ley de SCA que considera "falta grave" y "penaliza con la sanción de la caducidad" a quien haya incurrido en las conductas previstas en el articulo 44: 
a) Ceder a cualquier titulo o venta de espacios para terceros de la programación de la emisora en forma total e parcial 
b) Celebrar contratos de exclusividad con empresas comercializadoras de publicidad; 
c) Celebrar contratos de exclusividad con organizaciones productoras de contenidos; 
d) Otorgar mandatos o poderes a terceros o realizar negocios jurídicos que posibiliten sustituir total o parcialmente a los titulares en la explotación de las emisoras..."
Para el interventor del ENACOM, el proceso iniciado por el gobierno de Macri en CABA se encuadra dentro de dichos criterios, es decir, incumple con la ley de Medios, por lo cual es pasible de que, en caso de continuar con la concesión, se tomen como base dichos argumentos para imponer sanciones. Fuente: ambito.com 
wdm.

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